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ASTURIAS - D2003/0026 - Decreto 26/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Técnico Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo en el Principado de Asturias.DEROGADO


Normativa Autonómica

BOPA 28-4 -2003. - DEROGADO por el DECRETO 140/2009._____ Corresponde al Ayuntamiento del concejo donde se pretende construir, ampliar o reformar una piscina, solicitar, con carácter previo a la autorización o denegación oportuna de licencia de obra, un informe sanitario preceptivo de adecuación del proyecto al presente Reglamento, que será emitido por los servicios técnicos de la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo.

Documentos:
Reglamento.mht
Reglamento.pdf

ASTURIAS - D2009/0140 - Decreto 140/2009, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Técnico-Sanitario de las Piscinas de Uso Colectivo.(ACTUALIZADO 1/2/2010)


Normativa Autonómica

BOPA nº 227 de 30/11/2009 y Reftificación de errores BOPA nº 25 de 1/2/2010. _____ El Principado de Asturias ha contado con la existencia de una regulación específica en la materia, constituida por el Decreto 26/2003, de 3 de abril, por el que se aprobó el Reglamento Técnico Sanitario de piscinas de uso colectivo en el Principado de Asturias, regulación que se deroga, sustituyéndose por el presente reglamento para introducir mejoras a fin de potenciar aspectos de seguridad y sanitarios en dichas instalaciones, evitando establecer regulaciones cerradas que no se adapten a la realidad social en estos ámbitos. A sí, el presente reglamento introduce nuevos conceptos relativos al diseño y mantenimiento de las piscinas de uso colectivo teniendo como objetivo principal mejorar el control de la calidad del agua y la seguridad de las instalaciones. Igualmente, modifica el sistema de formación exigible al servicio de salvamento y se adapta al sistema de autocontrol eliminando la obligación de registrar las operaciones en el Libro Registro de Piscinas, pudiéndose utilizar como soporte documental otros medios tecnológicamente más avanzados, tales como documentos registrados electrónicamente. I gualmente y en cuanto su ámbito de aplicación, por primera vez se incluyen las piscinas de hidromasaje e hidroterapia

Documentos:
Piscinas

Documento Básico DB HE Exigencias básicas de ahorro de energía Sección HE 4 Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria (Actualizado Diciembre 2019) Comentarios Diciembre 2019


Normativa Nacional

Los edificios satisfarán sus necesidades de ACS y de climatización de piscina cubierta empleando en gran medida energía procedente de fuentes renovables o procesos de cogeneración renovables; bien generada en el propio edificio o bien a través de la conexión a un sistema urbano de calefacción.

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Documentos:
DBHE-HE4

Documento Básico DB SUA Seguridad de utilización y accesibilidad - Sección SUA1 Seguridad frente al riesgo de caídas (Actualizado febrero 2010) Comentarios Agosto 2019


Normativa Nacional

Sustituye al Documento Básico DB SU Seguridad de Utilización - SU 1 Seguridad frente al riesgo de caídas.____Se limitará el riesgo de que los usuarios sufran caídas, para lo cual los suelos serán adecuados para favorecer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo se limitará el riesgo de caídas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitándose la limpieza de los acristalamientos exteriores en condiciones de seguridad.

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Documentos:
DB-SUA1

Documento Básico DB SUA Seguridad de utilización y accesibilidad - Sección SUA6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento (Actualizado Febrero 2010) Comentarios Agosto 2019


Normativa Nacional

Sustituye al Documento Básico DB SU Seguridad de Utilización - Sección SU 6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento. ________ Se limitará el riesgo de caídas que puedan derivar en ahogamiento en piscinas, depósitos, pozos y similares mediante elementos que restrinjan el acceso.

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Documentos:
DB-SI-6

NORMAS N.I.D.E.


Normativa Nacional

La normativa sobre instalaciones deportivas y de esparcimiento (NIDE) tiene como objetivo definir las condiciones reglamentarias y de diseño que deben considerarse en la construcción de instalaciones deportivas Compilación de toda la normativa que contempla actualizaciones en 24 normas e incorpora otras 6 nuevas. En la dirección Web se encuentran las Normas NIDE. El archivo NIDE es la Introducción a las mismas.

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Documentos:
NIDE

O2008/3053 - Reductores velocidad


Normativa Nacional

BOE núm. 261 Miércoles 29 octubre 2008. - ORDEN FOM/3053/2008, de 23 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción Técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta en carreteras de la Red de Carreteras del Estado.

Documentos:
reductores.mht
reductores.pdf

OVIV2010/0561 - Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.


Normativa Nacional

BOE Núm. 61 Jueves 11 de marzo de 2010 ________El presente documento técnico desarrolla el mandato contenido en la disposición final cuarta del Real Decreto 505/2007, que demanda la elaboración de un documento técnico de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados por medio de Orden del Ministerio de Vivienda. Desarrolla asimismo los criterios y condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación, aplicables en todo el Estado, presentados de forma general en dicho Real Decreto.

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-4057

Documentos:
OVIV56_2010

RD2007/0505 - REAL DECRETO 505/2007 por el que se aprueban las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones(MODIFICADOmarzo2010)


Normativa Nacional

Viernes 11 mayo 2007 BOE núm. 113 y modificación por RD 173/2010 de 19 de febrero BOEnº61 11 marzo 2010. _______ Las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los edificios que se aprueban en virtud del presente real decreto, se incorporarán con el carácter de exigencias básicas de accesibilidad universal y no discriminación a la Parte I del Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. Asimismo, se incorporará a la Parte II del CTE un documento básico relativo al cumplimiento de dichas exigencias básicas.

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-9607

Documentos:
RD505_2007Actualizado

RD2013/0742 - Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.


Normativa Nacional

BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 2013 _______ Este real decreto tiene por objeto establecer los criterios básicos técnico-sanitarios de la calidad del agua y del aire de las piscinas con la finalidad de proteger la salud de los usuarios de posibles riesgos físicos, químicos o microbiológicos derivados del uso de las mismas.

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-10580